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Permisos de residencia para deportistas profesionales

Se trata de una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada que podrá solicitar, en calidad de empleador, un club deportivo, asociación deportiva, sociedad anónima deportiva u otra entidad para contratar a deportistas profesionales.

LOS REQUISITOS
– No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

– Ser deportista, entrenador u otro colectivo equiparado a deportista profesional.

– No encontrase irregularmente en territorio español.

– Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

– No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

– No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.

– Poseer una licencia deportiva que habilite para participar en competiciones deportivas oficiales o actividades cuya organización corresponda a federaciones deportivas y/o ligas profesionales o entidades asimiladas.

– La empresa solicitante deberá estar inscrita y autorizada para participar en las actividades y competiciones de las modalidades deportivas en las que se aplica la Instrucción.

La solicitud se deberá referir a una de estas modalidades deportivas:

1. Baloncesto:
· Liga ACB (Asociación de Clubes de Baloncesto masculino)
· Liga Española de Baloncesto masculino (Liga LEB)
· Liga Femenina de Baloncesto.

2. Balonmano:
· División de Honor “A” Masculina (Liga ASOBAL)
· División de Honor Femenina.

3. Ciclismo:
· Clubes o equipos incluidos en el UCI PRO TOUR

4. Fútbol:
· Liga nacional de Fútbol Profesional (1ª y 2ª División de Fútbol masculino)
· Primera división de Fútbol Femenino
· División de Honor de la Liga Nacional de Fútbol-Sala masculino
· División de Honor de la Liga Nacional de Fútbol-Sala femenino

5. Voleibol:
· División de Honor Masculina.
· División de Honor Femenina.

La situación nacional de empleo deberá permitir la contratación. Lo permite si:
· La ocupación que va a desempeñar el trabajador en la empresa está incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura que el Servicio Público de Empleo Estatal publica trimestralmente.

· La Oficina de Extranjería competente considere que no se ha podido cubrir el puesto de trabajo a tenor del certificado que el Servicio Público de Empleo emite sobre la gestión de la oferta de empleo.

· La autorización va dirigida a nacionales de Estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales (Chile y Perú).

· Pueden acreditar la concurrencia de un supuesto recogido en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000.

– La empresa deberá garantizar una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar.

– La empresa deberá estar inscrita en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

– Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente.

– La actividad del deportista, deberá tener el límite de un año, no susceptible de renovación.

– El trabajador se deberá comprometer a retornar al país de origen una vez concluida la relación laboral.

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